Mais dados biográficos de Rui Faleiro – Depois de 1523 até 23 de Julho de 1527, dia em que Eva Afonso, presente em Sevilha, apresenta, por um seu procurador, uma petição na Covilhã
Durante este período sabemos que Rui Faleiro está doente “do juízo”, mas vivo, ao contrário do que supõe, por exemplo, Navarrete. Francisco Faleiro, a partir de 29 de Setembro de 1526 é nomeado curador do irmão e de seus bens; mas, pouco tempo depois, vai perder esta função a favor de Eva Afonso, quando ela chegar a Sevilha para se juntar ao marido. De facto é deste ano uma certidão de casamento do casal Faleiro, passada na Covilhã, a fim de ser apresentada em Sevilha. No entanto julgamos que ela, nessa altura, ainda não se encontrava em Sevilha, porque em Abril de 1527 Francisco continua a ser curador e a receber o soldo de 50.000 maravedis. Pelos documentos recolhidos por Luiz Fernando de Carvalho Dias percebemos que o processo entre Francisco e Eva continua pendente; que houve intromissão do Alcaide de Sevilha, porque o processo era da competência do Conselho das Índias; que Francisco Faleiro deve ter perdido a curadoria do irmão, porque em 5 de Julho de 1527 é ordenado pelo rei que volte a reger a pessoa e bens de Rui Faleiro, enquanto o processo decorrer; e ainda que receba Eva Afonso em sua casa, caso esta queira estar com o marido. Parece-nos ser um pleito complicado e demorado em que Francisco Faleiro apresenta várias provas, como a “Probanza” de 1527. Eva Afonso, vivendo primeiro em Sevilha, ausentou-se para Portugal, por volta de 1520, alegando estar doente. Quando é aberto o processo entre os cunhados por causa da curadoria de Rui Faleiro, o procurador de Eva Afonso em Sevilha é o cartógrafo Diogo Ribeiro. Ela voltou a Sevilha já depois de 12 de Abril de 1527, ficando a tomar conta do marido e pretendendo provar que Rui Faleiro fora muito maltratado pelo irmão. O processo vai continuar e, como vimos acima, em 5 de Julho, ela volta a perder a curadoria do marido.
Veremos posteriormente que em 23 e 26 de Julho de 1527 Eva Afonso, a viver em Sevilha, apresenta duas petições na Covilhã, uma na Igreja de Santa Marinha, outra ao juiz ordinário, a fim de serem ouvidas testemunhas para serem juntas ao processo que decorria no Conselho das Índias.
Pintura atribuída a Sanches Coelho - Sevilha no século XVI
- Real cédula para la que se autoriza a Francisco Falero para que pueda ser, curador de su hermano Rodrigo Falero . – 29 de septiembre de 1526
El Rey. – Nuestro Asistente de la cibdad de Sevilla, o vuestro Alcalde en el dicho oficio, e otras justicias de la dicha cibdad, o cualquier de vos. Francisco Falero, vecino desa cibdad, hermano de Ruy Falero, me hizo relación que el dicho su hermano tiene y le conviene resolver ciertos pleitos e diferencias e conviene que tenga persona que entienda en ellos y en la administración y cobranza de su hacienda, por estar fuera de su juicio natural, y me suplico y pedió por merced que porque en estos reinos el dicho su hermano no tiene padre, ni madre, ni hijos, ni outra persona que entienda en la gobernación y administración de su persona e bienes sino al dicho Francisco Falero, le mandase dar poder para entender en ello, porque no se perdiese todo, o como la mi merced fuese; por ende, yo vos mando que, dando fianzas bastantes por parte del dicho Francisco Falero, en forma debida de derecho, conforme a las leyes de nuestros reinos, le dicernáis la curadoria del dicho Ruy Falero, su hermano, y de sus bienes y hacienda, e no fagades ende al. – Fecha en granada, a........ nueve dias del mês de septiembre de mill y quinientos y veinte y seis años. – Yo EL REY. – Refrendada del secretario Cobos, señalada de los susodichos (1)
- Real cédula a los Oficiales de la Casa de la Contratación para que pagasen a Eva Alonso, mujer de Ruy Falero, el sueldo que a éste le estaba señalado, siempre que aviniese a vivir com él. – 9 de noviembre de 1526
El Rey. – Nuestros Oficiales que residis en la cibdad de Sevilla en la Casa de la Contratación de las Índias. Diego Ribeiro, en nombre de Eva Alonso, mujer del bachiller Ruy Falero, me hizo relación que bien sabíamos como el dicho su marido está mentecapto, fuera de su juicio natural, en las Ataranzas desa dicha cibdad, en poder de Francisco Falero, su hermano, el cual diz que se lleva y le pagáis los cincuenta mill maravedis que de Nos tiene el dicho bachiller de merced en cada un año y los que tiene com el hábito de Sanctiago, y me suplico e pedió por merced que porquella quiere venir a vivir y estar com el dicho su marido y curar de su persona y salud y hacerle el tratamiento quês obligada, le mandásemos dar al dicho su marido y sacar de poder del dicho su hermano, porque dice que no cura del como es razón, y que le pagásedes a ella los dichos maravedis, como se paga al dicho Francisco Falero, y le apremiásemos a que diese cuenta de lo que hasta aqui habrá gastado, o como la mi merced fuese; por ende, yo vos mando que viniendo la dicha Eva Alonso a estar e residir com el dicho su marido y curar de su persona y salud, le acudáis a ella com lo que de Nos tiene de merced, en cada un año, el dicho bachiller Ruy Falero en esta Casa, e no al dicho Francisco Falero, ni a outra persona alguna. Fecha en Granada, a nueve dias del mês de noviembre de mill e quinientos e veinte e seis años. – YO EL REY. – Por mandado de su Majestad . – Francisco de los Cobos . Señalada del Canciller y Obispo de Osma y Doctor Carvajal Y Obispo de Canaria y Doctor Beltrán y Obispo de Cibdad Rodrigo. (2)
Fragmento de uma certidão de casamento de Ruy Faleiro e de sua mulher Eva Afonso
Reprodução fotográfica do Arquivo das Indias
- Real Cédula para que se acudiese a Francisco Falero com el sueldo que le estaba señalado a Ruy Falero, en vista de que Eva Alfonso, mujer de éste, no habia venido de Portugal a reunirse con él.
El Rey - Nuestros officiales que residis en la cibdad de Sevilla, en la Casa de la Contratación de las Indias. – Bien sabéis como por una mi cédula vos envié a mandar que, viniendo Heva Afonso, mujer del comendador Rui Falero, a hacer vida con el dicho su marido y estar con él, le pagásedes los cincuenta mill maravedis que de Nos tiene en cada un año en esa Casa, porque fuimos informados quella queria venir a estar con el dicho su marido e curar de su persona; la cual, no embargante que ha dias que se despacho la dicha cédula, no ha venido e se está todavia en Portugal; per ende, yo vos mando que agora, e de aquí adelante acudais a Francisco Falero, hermano del dicho Comendador, como su curador, con los dichos cincuenta mill maravedis, segúnd e como hasta aqui le habéis acudido, e no a la dicha Heva Afonso, ni a outro persona ninguna, sin otra persona ninguna, sin otra nueva cédula mia y especial mandado. - Fecha en Valladolid, a doce dias del mes de abril de mill quinientos e veinte e siete años. – Yo El REY. – Refrendada e señalada de los susodichos. (3)
- Real cédula para la que se confia a Francisco Falero la persona de Ruy Falero, su Hermano, por hallarse fuera de juicio. – 28 de junio de 1527
El Rey. – Nuestro Asistente de la cibdad de Sevilla, o vuestros Alcaldes en el dicho oficio. – Sabed que pleito se trata en mi Consejo de las Índias entre partes, de la una Francisco Farelo (sic), hermano del bachiller Ruy Farelo, y de la outra, Eva Alfonso, mujer de dicho bachiller, sobre que la dicha Heva Afonso pide que se ha dado el dicho su marido para curar de su persona, como su mujer, porque está mentecapto y fuera de su juicio, y el dicho Francisco Farelo dice que lo ha de tener, como su hermano e curador, como hasta aqui lo ha tenido, y sobre las otras cabsas y razones en el proceso del dicho pleito contenidas, el cual fué por Nos remitido al Licenciado Castroverde, asesor de la nuestra Casa de la Contratación de las Índias, para que, llamadas e oídas las partes, hiciese lo que hallase por justicia, y que vos, a pedimento de la dicha Heva Afonso, vos habéis entermetido en conocer de la dicha cabsa, y habéis mandado prender algunas personas, diciendo que tienen encubierto e escondido al dicho Ruy Farelo, y me suplico y pedió por merced vos mandase que, pues la dicha cabsa estaba cometida al dicho Licenciado Castrverde, no os entrometiésedes a conoscer della en cosa alguna, o como la mi merced fuese; por ende, yo vos mando que no os entremetáis a conoscer, ni conoscaiz de la dicha cabsa, ni de la cosa a ella tocante, e si alguna cosa hobierdes hecho e procedido en ella, lo remitáis todo, en el punto y estado en que lo tuviérdes, al dicho Licenciado Castroverde, a quien, como dicho es, está cometido, para que lo vea y haga justicia e no fagades ende al por alguna manera, so pena de la nuestra merced e de diez mill maravedis para la mi Câmara.
Fecha en Valladolid, a veinte e ocho dias del mês de junio de mill y quinientos e veinte e siete años. – YO EL REY. - Refrendada de Cobos, señalada del Obispo de Osma y Obispo de Canárias y Cibdad Rodrigo.(4)
- Probanza de Francisco Falero, fecha en la ciudad de Sevilla en el año de 1527
Muy virtuoso señor – Francisco Falero, português criado de Su Majestad, estante en esta cibdad, digo: que podrá haber seis años, poco más o menos, quel comendador e capitán Ruy Falero, mi hermano, adolesció e de aquella enfermedad ha quedado y quedo loco e furioso fuera de su juicio e sentido natural, e yo, como su hermano, le he tenido e curado e alimentado e sostenido e bien tratado, teniendo cargo de la tutela e cura e administración de su persona e bienes, con toda la diligencia e piedad que debi; e asimismo procuré de le librar e sacar de cierta prisión en questaba por mandado del señor rey de Portugal, e asi es que Eva Alonso, su mujer, a principio de su dolencia le desamparó e se fué de su poder a casa de su padre en el reino de Portugal, a la villa de Cubillan, donde se ha estado todo el tiempo de los dichos seis años, contra la voluntad del dicho su marido e sin le venir a ver, ni visitar, ni curar, ni querer saber dél, e agora por su parte se ha fecho relación a Su Majestad e a los señores de su Consejo de las Índias que yo no trataba bien al dicho comendador, mi hermano, e que ella queria venir a estar con él e le curar e servir: a cuya cabsa su Majestad mando dar su real cédula, para que, veniendo ella, le fuese acudido con ciertos maravedis de quitaciones e acostamiento que Su Majestad le manda dar para su mantenimiento; e porque yo tengo suplicado de la dicha cédula real e para informar a Su Majestad de la verdad de lo que pasa, me conviene llevar testimonio dello...
- Comunicação régia a favor de Francisco Faleiro, em 5 de Julho de 1527
El Rey. – Nuestro Asistente de la cibdad de Sevilla, o vuestro lugarteniente y otras cualesquier justicias, ansi de la dicha cibdad, como de todas las otras cibdades y villas e lugares de nuestros reinos y señorios, e a cada uno de vos en vuestras jurediciones – Sabed que Francisco Falero, hermano del bachiller Ruy Falero, pareció en el mi Consejo de las Índias e nos hizo relación que estando pleito pendiente en el dicho mi Consejo, entre él, de una parte, y de la otra Eva Afonso, mujer del dicho bachiller, sobre que ella pide que le sea entregado el dicho su marido para le tener e curar, porque está mentecabto y fuera de juicio, y el dicho Francisco Falero dice que a él le fué entregado como curador de su persona e bienes, e que no ha lugar de entregar a la dicha Eva Afonso, por algunas cabsas que tiene alegadas, y que estando el dicho pleito pendiente, e teniéndole como tal curador, sin ser llamado, oído ni vencido, de hecho fué despojado y entregado a la dicha Eva Afonso, de que recibe mucho agravio, y me suplicó y pedió por merced se lo mandase volver y entregar para que lo toviese como curador de su persona e bienes, como hasta aqui lo ha tenido, o como la mi merced fuese: lo cual por los de mi Consejo visto, y ciertas informaciones que ante ellos fueron presentadas, y la dicha curadoria y lo que por ambas partes fué alegado, fué acordado que debiamos mandar dar esta mi carta en la dicha razón, e yo tóvelo por bien; por la cual vos mando a todos e a cada uno de vos que luego que com ella fuéredes requeridos, hagáis dar y entregar al dicho Francisco Falero al dicho bachillier, su hermano, para que él lo tenga e administre su persona e bienes como su curador, como hasta aqui lo ha tenido, e si la dicha Eva Afonso quiere estar com el dicho su marido a curar de su persona, mandéis al dicho Francisco Faleiro que la tenga con él y le dé alimentos, conforme a la calidad de su persona, hasta tanto que el dicho pleito sea visto e determinado por los del dicho mi Consejo; e los unos ni los otros non fagades ni fagan ende al, so pena de la mi merced e diez mill maravedis para la mi Cámara a cada uno que lo contrario hiciere. – Fecha en Valladolid, a cinco dias de mês de julio de mill e quinientos e veinte e siete años. – YO EL REY. – Refrendada del secretario Cobos e señalada del Obispo de Osma y Carvajal y Canária y Beltrán y Cibdad Rodrigo. (5)
Astrolábio representado num dos Planisférios desenhados pelo cartógrafo português Diogo Ribeiro, procurador em Sevilha de Eva Afonso
Fontes - 1) Archivo de Indias, 139 – 1 – 7, libro XI, folio 166 vuelto, y publicado por Llorens Asensio, p. 166. 2) Archivo de Indias, 139 – 1 – 7, libro XI, folio 296, y publicado por Llorens Asensio, p. 167. 3) Archivo de Índias, 139 – 1 – 7, tomo XII, folio 70 vuelto 4) Archivo de Indias, 139 – 1 – 7, libro XII, folio 132, y publicado por Llorens Asensio, p. 169. 5) Archivo de Indias, 139 – 1 – 7, libro XII, folio 556, y publicada por Llorens Asensio, p. 171.
Nota dos Editores – As gravuras são de “Os Descobrimentos Portugueses”, de Luís de Albuquerque. A fotografia da certidão de casamento é do espólio de Luiz Fernando Carvalho Dias.
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